Convenio 98
Visitas: 1833
0 0
Tiempo de lectura:1 Minutos, 55 Segundos

Canacintra Ensenada

Ciudad de México, 20 de septiembre de 2018

Comunicado de Prensa

  • Canacintra se pronuncia por un dialogo tripartito entre gobierno, empleadores y trabajadores, durante el proceso de ratificación del Convenio 98 de la OIT.
  • Es necesaria la concordancia entre acuerdos internacionales y leyes nacionales.

Consulta Tripartita para el Convenio 98

Canacintra solicita al Senado de la República desahogar el debido proceso para la ratificación del Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en los términos que establece el Artículo 4º de la Ley sobre la Celebración de Tratados y el Convenio 144 sobre la Consulta Tripartita de la propia OIT.

Cuando México firmó el Convenio 98 en 2015,  la Legislatura LXIII lo recibió para su análisis en comisiones, sin embargo no hubo un dictamen; por lo tanto, desde la perspectiva de Canacintra, lo procedente es esperar a que estén instaladas las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Relaciones Exteriores para que analicen dicho instrumento  y consulten a los actores involucrados, es decir a las organizaciones que representan a trabajadores y empleadores. En ese sentido, Canacintra reitera su carácter de órgano de consulta y colaboración del Estado mexicano, como consta en el Artículo 4º de la Ley de Cámaras.

El compromiso de la Industria de Transformación siempre ha sido con la productividad, la modernización y el bienestar de los trabajadores y sus familias, razón por la que hemos apoyado los instrumentos que brindan certeza jurídica al factor más importante, el humano.

En este sentido, reiteramos nuestra disposición para participar en la creación de un marco laboral armónico entre la legislación nacional y los instrumentos internacionales suscritos por México, donde además de la discusión del Convenio 98, se incluya la aprobación de la ley secundaria derivada de la reciente Reforma Laboral.

 

Convenios fundamentales de la OIT

  • 29) trabajo forzoso, Prohíbe la esclavitud.
  • 87) libertad sindical Garantiza la asociación libre de trabajadores y patrones a cualquier tipo de organización.
  • 98) derecho de sindicación y de negociación colectiva.
  • 100) igualdad de remuneración. a igual trabajo, igual salario entre hombres y mujeres.
  • 105) trabajo forzoso en condiciones de privación de la libertad.
  • 111) discriminación evitar todas las formas de discriminaciones en el trabajo.
  • 138) edad mínima de trabajo. de acuerdo a cada país.
  • 182) las peores formas de trabajo infantil.

Canacintra Ensenada

Acerca del autor

Edgar Sosa Haro

Ingeniero en SISTEMAS COMPUTACIONALES por el Instituto Tecnológico de Ensenada, Baja California. Con especialidad en desarrollo de software y gacetas digitales. Creativo, ingenioso y siempre apasionado, considero que mi formación profesional todavía no ha terminado, el camino por recorrer es largo, pero fascinante, sobre todo en esta era de tecnología tan cambiante.
No cumplió el compromiso a la Cenicienta Previous post EPN no cumplió el compromiso a la Cenicienta
Next post Día Nacional Sin Automóvil

Average Rating

5 Star
0%
4 Star
0%
3 Star
0%
2 Star
0%
1 Star
0%

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *