Autorización
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«El Sector de la Industria Automotriz les comparte la información para la autorización de la NOM-012-SCT-2-2017«

CUMPLIMIENTO A LA NORMA NOM-012-SCT-2-2017

Por considerarlo del interés de los industriales que transportan sus mercancías, o que contratan el servicio para transportarlas, utilizando la configuración de doble semirremolque, les informo que en la semana del 2 al 6 de julio la SCT realizará auditorías en carreteras federales para verificar el cumplimiento del numeral 6.1.2.1.1, la cual establece la obligación de contar con autorización expresa para transitar en dicha configuración.

La NOM establece, de acuerdo con las fechas de su publicación y de la publicación de los lineamientos en su sitio de internet de la SCT, que a partir del 26 de junio solo se permite el tránsito de la configuracion de doble semirremolque cuando hayan obtenido la autorización expresa para hacerlo, de acuerdo con lo que está publicado en la siguiente liga:

www.sct.gob.mx

Objetivo

Verificar el estricto cumplimiento de la NOM-012-SCT-2-2017 de los  vehículos  del  servicio  de  autotransporte  federal  y transporte privado que transitan por caminos de jurisdicción federal, incluida la obligación de contar con la autorización expresa y colocación de distintivo.

Para los casos de Autorización Expresa:

  • En los casos en que se detecte que la configuración o alguno de sus componentes no cuente con autorización expresa, será sancionado “por circular con una configuración no autorizada”, de conformidad a lo establecido en el artículo 5º del Reglamento sobre el peso y dimensiones y capacidad de los vehículos.
  • Los vehículos que no cuenten con su autorización y sean sancionados por configuración no autorizada serán remitidos al corralón por este motivo (a excepción de los que transitan con materiales peligrosos y productos perecederos) con multa de 500 UMA, equivalente a $ 40,300.00.
  • De acuerdo al 74 de la Ley, en caso de reincidencia, la Secretaría podrá imponer hasta el doble de las cuantías señaladas, por lo que en estos casos la sanción podría elevarse a 1,000 UMA.
  • Esto, sin  perjuicio  de  sancionar  el  incumplimiento  en  caso  de  exceder  los  pesos  y dimensiones máximos permitidos por la NOM-012.

Autorización Expresa doble remolque

 

EMPRESA

 

TOTAL INGRESADOS

CENTRO SCT GUADALAJARA

1572

CENTRO SCT VILLAHERMOSA

745

CENTRO SCT MONTERREY

10383

CENTRO SCT MEXICALI

146

CARGA GENERAL

17965

TRANSPORTE PRIVADO

3451

TOTAL

34262

  • Es decir, podrán circular 11 mil 420 vehículos de doble remolque*.
  • Los expedientes COMPLETOS que se ingresen hasta el jueves 21 de junio estarán en posibilidad de ser entregados antes de la fecha límite.

    *Cifras al 18 de junio de 2018.

Presentamos el documento completo

Descargar Archivo

 

Jesús González
Tel. 5482-3000
Ext. 3096
sautomotriz@canacintra.org.mx

Acerca del autor

Edgar Sosa Haro

Ingeniero en SISTEMAS COMPUTACIONALES por el Instituto Tecnológico de Ensenada, Baja California. Con especialidad en desarrollo de software y gacetas digitales. Creativo, ingenioso y siempre apasionado, considero que mi formación profesional todavía no ha terminado, el camino por recorrer es largo, pero fascinante, sobre todo en esta era de tecnología tan cambiante.
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